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358 soles mensuales, como máximo, es lo que recibirían los hijos de las víctimas de feminicidio

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Se confirmó la ignominia. Según el Decreto de Urgencia publicado en el diario El Peruano, los hijos de las mujeres asesinadas por delitos de violencia de género recibirán pensión anual que no superará una UIT, o sea, no más de 4300 soles al año (Foto: Siara Horna Fotografía)

El “Decreto de Urgencia que establece una asistencia económica para contribuir a la protección social y el desarrollo integral de las víctimas indirectas de feminicidio”, ha sido publicado este miércoles 8 de enero en el diario oficial El Peruano. Recordemos que como víctimas indirectas de este delito se considera a los hijos de las víctimas y los familiares con discapacidad que hayan estado a su cargo.

El Decreto de Urgencia 005-2020 establece que los hijos de las víctimas menores de edad y los mayores, «hasta que culminen sus estudios de manera satisfactoria», recibirán este beneficio, sin embargo, esperemos que en el reglamento, que prometen publicar en un mes, se explique qué quiere decir «manera satisfactoria». ¿Cuál debe ser el rendimiento del estudiante para que acceda a esta «asistencia económica»?

Pero lo más indignante del Decreto de Urgencia es el monto que recibirán quienes se puedan beneficiar con esta pensión, pues se ratifica la cifra que hace 24 horas se filtró a la prensa y de la cual se hizo eco teleoLeo.com. Aunque la norma publicada en el diario oficial no estipula el monto que se otorgará, sí que señala que cada víctima indirecta recibirá al año un monto no mayor a una “unidad impositiva tributaria” (UIT).

«El monto individual es determinado mediante Resolución Ministerial (emitida en un plazo máximo de 20 días) del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, no pudiendo exceder el monto anual el valor de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) por persona beneficiaria». (DU 005─2020)

Para el 2020, la UIT ha quedado fijada en 4300 soles que dividiremos entre 6, porque el Decreto de Urgencia señala que esta pensión será entregada bimestralmente: el resultado es 717 soles. Al dividir esa cantidad entre dos, tendremos que al mes cada beneficiario recibiría la escuálida suma de 358 soles. O sea, 58 soles más de lo anunciado informalmente este martes 7 de enero en la prensa peruana.

Razón tenían las representantes del colectivo “Familias Unidas por Justicia: ni una asesinada más” al declarar a teleoLeo.com que la cifra les parecía: «Ridícula, detestable, deplorable».

Leer: 300 SOLES MENSUALES PODRÍA SER EL SUBSIDIO DEL GOBIERNO PERUANO A LOS HIJOS DE LAS VÍCTIMAS DE FEMINICIDIO [VÍDEO]

Quién, cómo, cuándo

Según esta norma, la asistencia económica será «otorgada mediante
Resolución Directoral de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – Aurora, a solicitud de la víctima indirecta, familiares o autoridades administrativas o judiciales competentes, conforme establezca el Reglamento ».

También estipula que esta pensión será administrada por quien asuma «la tenencia, custodia o acogimiento familiar de la víctima indirecta de feminicidio». Esto corrige lo dicho por la titular del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Gloria Montenegro, que en declaraciones a la prensa manifestó que sólo podrían solicitar la pensión quienes ejercieran la patria potestad de los menores.

El decreto también señala que esta «asistencia económica es incompatible con la entrega de cualquier subsidio o prestación económica por parte del Estado». Así que los familiares indirectos de las víctimas de feminicidio deberán aprender a vivir con 358 soles al mes y la caridad. La cantidad es tan ínfima que no creo que cubra, ni siquiera, el presupuesto mensual en peluquería y maquillaje de la ministra Montenegro.

Interrogantes

Otra de las perlas del decreto es que la pensión «será otorgada para fines de alimentación, educación, salud física y mental, terapias de recuperación u otros asociados a la protección social y desarrollo integral de las personas beneficiarias, quedando prohibido un uso distinto a este».

Varios de estos concepto, como las terapias de recuperación, están cubiertos por el programa “Te acompañamos” del MIMP, de hecho, este programa es citado en las disposición complementarias del decreto. ¿Cómo funcionará esto? ¿Las víctimas indirectas dejarán de ser beneficiarías del programa?

Entre los conceptos de gasto de la pensión no se contemplan gastos de recreación, es decir, los menores, además de perder a sus madres también pierden el derecho al esparcimiento y al disfrute de actividades culturales. ¿El reglamento contemplará estos aspectos? ¿Habrá pensado en dar entrada libre a museos, cines y teatros a las víctimas indirectas?

En verdad creen los firmantes del Decreto de Urgencia, entre ellos el presidente Martín Vizcarra y la ministra del MIMP, Gloria Montenegro, que con 358 soles al mes se paga todo lo que han estipulado en el documento tan esperado como decepcionante para los familiares de las víctimas de feminicidio.

Extinción del beneficio

El decreto tampoco contempla el gasto en transporte o en ropa. Y cuidado en utilizar la pensión en otras cosas, pues según el decreto, «se extingue» vía la emisión de dos informes desfavorables del MIMP, o por la muerte del beneficiario, o porque se encuentre fuera de Perú por 2 años consecutivos. Además, según lo publicado, el reglamento podría contener otras causales para la pérdida de esta asistencia.

La pensión también se pierde si finalmente la condena penal no es por delito de feminicidio: «el cese del otorgamiento de la asistencia económica se produce a partir de la notificación de la sentencia». Según el decreto, no se devolverá lo recibido. Sin embargo, podría dejar a los familiares de las víctimas a expensas de una sentencia sujeta a errores.

El otorgamiento de pensiones para las víctimas indirectas será retroactivo: «Para los casos de feminicidio anteriores a la entrada en vigencia de la presente norma, se tomará en cuenta la existencia de un proceso judicial en trámite o de sentencia condenatoria en primera instancia por el delito de feminicidio o excepcionalmente por disposición fiscal, a efectos de que proceda el otorgamiento del beneficio».

Para la entrega de esta asistencia económica el MIMP contará con una partida extraordinaria del MEF de 4 300 000.00 (cuatro millones trescientos mil soles) y de ella podrá utilizar para gastos administrativos un máximo del 10%, o sea, 430 000 (cuatrocientos treinta mil soles). Así las cosas, los gastos de implementación ascenderían a lo que recibirían 1201 (mil doscientas una) familias en un año.

Reflexiones

Me parece que el gobierno peruano aún sigue muy distante de las necesidades de su gente, este Decreto de Urgencia, anunciado con tanta alegría por el presidente Vizcarra es otra bofetada y ninguneo a las mujeres víctimas de feminicidio y de las demás expresiones de la violencia de género en el Perú.

Recibir a parte de la delegación de mujeres que, este lunes 6 de enero, le entregaron 110 cartas en nombre de las 175 víctimas de feminicidio, caídas este 2019, le quedó lindo al presidente para la foto de twitter, pero no logró lo más importante: que cumpliese con el compromiso de atender debidamente a sus demandas.

Leer: EL PRESIDENTE PERUANO SE COMPROMETE CON LOS FAMILIARES DE LAS VÍCTIMAS DE FEMINICIDIO [VÍDEOS]

También indigna que la ministra Montenegro no haya contestado a ninguno de los tres pedidos de reunión que el colectivo de familiares de las víctimas de femicidio le hizo durante 2019, sin embargo, este martes, fue la primera en declarar a la prensa los alcances de un decreto que aún no se publicaba.

Leer: EL ESTADO PERUANO NO ACOMPAÑA A LOS HUÉRFANOS Y FAMILIARES DE LAS VÍCTIMAS DE FEMINICIDIO

Los huérfanos y familiares dependientes de las víctimas de feminicidio no son sólo una cifra o un logro a exhibir, son personas reales con necesidades reales que deben de ser atendidas por el Estado y eso no está pasando. Por eso, los familiares de las víctimas de feminicidio no defallirán, seguirán luchando y no están solas.


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